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miércoles, 17 de noviembre de 2010

Intervención en los procesos civiles del Ministerio Fiscal

Abordamos hoy un artículo dedicado a la intervención del Ministerio Fiscal en los procedimientos civiles. No son todos, por esto vemos interesante remarcar en cuáles participa.

- En Jurisdicción Voluntaria: LEC 1881, art. 1815.

Se oirá al Ministerio Fiscal cuando la solicitud promovida afecte a los intereses públicos; y cuando se refiera a persona o cosa cuya protección o defensa competan a la Autoridad.

El Fiscal emitirá por escrito su dictamen, a cuyo efecto se le entregará el expediente.

- Los procesos sobre capacidad, filiación, matrimonio y menores. LEC 749

En los procesos sobre incapacitación, en los de nulidad matrimonial y en los de determinación e impugnación de la filiación será siempre parte el Ministerio Fiscal, aunque no haya sido promotor de los mismos ni deba, conforme a la Ley, asumir la defensa de alguna de las partes.

En los demás procesos a que se refiere este apartado será preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal, siempre que alguno de los interesados en el procedimiento sea menor, incapacitado o esté en situación de ausencia legal.

- En reconstrucción de los autos: LEC, art. 232.2

Será competente para tramitar la reconstitución total o parcial de todo tipo de actuaciones judiciales el Secretario de la Oficina judicial en que la desaparición o mutilación hubiere acontecido.

En los procedimientos de reconstrucción de actuaciones será siempre parte el Ministerio Fiscal

- En recursos en interés de la Ley: LEC, art 491

Podrán en todo caso recurrir en interés de la ley el Ministerio Fiscal y el Defensor del Pueblo. 

- En revisión de sentencias firmes: LEC, art. 514.3

Presentada y admitida la demanda de revisión, el Secretario judicial solicitará que se remitan al Tribunal todas las actuaciones del pleito cuya sentencia se impugne, y emplazará a cuantos en él hubieren litigado, o a sus causahabientes, para que dentro del plazo de veinte días contesten a la demanda, sosteniendo lo que convenga a su derecho.

Contestada la demanda de revisión o transcurrido el plazo anterior sin haberlo hecho, se dará a las actuaciones la tramitación establecida para los juicios verbales.

En todo caso, el Ministerio Fiscal deberá informar sobre la revisión antes de que se dicte sentencia sobre si ha o no lugar a la estimación de la demanda.

- Representación y defensa interina de incapaces: LEC, art 8.2

Cuando la persona física no se hallen en el pleno ejercicio de sus derechos civiles y no hubiere persona que legalmente la represente o asista para comparecer en juicio, el tribunal le nombrará, mediante providencia, un defensor judicial, que asumirá su representación y defensa hasta que se designe a aquella persona.

En los casos que haya de nombrarse un defensor judicial al demandado, el Ministerio Fiscal asumirá la representación y defensa de éste hasta que se produzca el nombramiento de aquel.

jueves, 11 de noviembre de 2010

Mapas procesales


Los que se preparen por primera vez una oposición a la administración de justicia, suelen perderse con facilidad entre la maraña de leyes y procedimientos que pueden inciarse ante nuestros juzgados y tribunales.

Es típica la realización de esquemas que resuman de la mejor forma posible las etapas o fases de cada procedimiento, con el fin de ofrecer una visión general los mismos. Nosotros hemos creado los mapas procesales, ya que más allá de la simple visualización global del proceso, queremos diseñar un esquema que comprenda los diferentes recorridos que podemos llevar a cabo en cada procedimiento, de forma que se pueda leer el mismo como un auténtico mapa.

Uno de los objetivos básicos es poder seguir cada camino, entendiendo y comprendiendo dónde nos lleva, de forma independiente y que no se mezcle con los demás itinerarios, que podremos seguir posteriormente, en sucesivos recorridos.

Para los profanos en la materia, estos mapas pueden ofrecer una primera panorámica del proceso, que vendrá bien antes de comenzar el estudio en profundidad de cada proceso.

Para los iniciados puede servir de guión de repaso del procedimiento en cuestión, al revisar los hitos más importantes del mismo.

En cualquier caso creemos que son de utilidad para los opositores que preparan las pruebas de Auxilio Judicial, Tramitación Procesal o Gestión Procesal.

Además los podéis descargar de manera gratuita en la dirección:


Se distribuyen bajo licencia Creative Commons, por lo que podéis copiarlos, enviarlos, imprimirlos, etc. de forma legal. Si los vais a usar en páginas web, clases o publicaciones, el requisito es reconocer la autoría de los mismos a Academia Directa. No se puede comerciar con estos mapas procesales, al ser de libre distribución.