martes, 7 de diciembre de 2010

Análisis del examen de las oposiciones de Auxiliar de la Administración del Estado (AGE)

Para los nuevos opositores que se quieran preparar las pruebas de acceso al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, vamos a hacer un pequeño análisis de las partes que han formado el primer ejercicio de la oposición en los últimos años. Esto no quiere decir que en la siguiente convocatoria sea estrictamente esta la estructura del examen, ya que queda esto a criterio de la Administración, pero como ha venido siendo la norma en los últimos exámenes, entendemos que seguirá produciéndose así en el futuro.

El primer ejercicio constó de dos partes:

PARTE I: La primera parte se compuso de 60 preguntas tipo test, de las que 30 versaron sobre Organización Pública y otras 30 tuvieron carácter psicotécnico. 

Las preguntas erróneas descontaban 1/3 del valor de las acertadas (es decir, si se otorgaba 1 punto  a las repuestas acertadas, los fallos descontarían 0,33 puntos), no quitando puntuación las respuestas no contestadas.


De las 30 primeras preguntas, la distribución de temas a las que se refirieron las mismas ha sido bastante homogénea a lo largo de los exámenes, recogiéndose de media 2 preguntas por tema (que harían 26), y extrayéndose las 4 sobrantes entre los 13 temas que componen esta parte del temario, sin seguir un patrón determinado. Observemos la siguiente tabla en la que se expresa el número de preguntas de los exámenes de 2007 y 2009 que aparecieron por cada tema del programa:

TemaEx.2007Ex.2009
132
224
322
422
523
633
721
823
932
1022
1123
1232
1321

Si bien en algunos temas en concreto, como el tema 2, ha variado de 2 a 4 preguntas de un examen a otro, en global, todos los temas aparecen en el examen, por lo que entendemos que no podemos eliminar ninguna materia por tener un número de preguntas de examen muy reducido.


Otras 30 preguntas se referían a cuestiones llamadas psicotécnicas, entre las que cabe destacar categorías como:

- Lenguaje: en las que se pedía relacionar una definición de entre 4 propuestas con una palabra dada, o marcar el sinónimo de la palabra propuesta, y similares.
- Cuestiones estadísticas: Se facilitaban unos gráficos con unos datos estadísticos, y se formulaban preguntas sobre los mismos del tipo: "Cuánto se ha incrementado la .... del gráfico X sobre el año anterior", "En qué año es más elevada la inversión en investigación por investigador", y similares.
- Cálculo: Operaciones sencillas de cálculo sobre unos datos o supuestos dados.
- Organización y ordenación: sobre unos datos facilitados en tablas, debíamos extraer de los mismos información que nos solicitaban, u ordenar algún tipo de datos de las mismas.
- Codificación/iconos: A partir de un sistema de gráficos a los que se asigna una letra, debemos decodificar la palabra asociada a un determinado dibujo, o seguir una serie de dibujos, etc.


Parece mucho más complicado describir estos ejercicios psicotécnicos de lo que en realidad son.


PARTE II: La segunda parte se formaba de 30 preguntas sobre actividad adminsitrativa y ofimática, entre las que cabe destacar funciones de atención al ciudadano, solicitudes, escritos, admón. electrónica (5 pregutnas en 2009), y la parte más importante, sobre el procesador de textos, la hoja de cálculo, base de datos, internet y correo electrónico, que se llevó 25 preguntas en el examen de 2009.



Además de este ejercicio, se hizo otra prueba, que consisitió en un ejercicio de carácter práctico, a realizar en una sola sesión, siguiendo las instrucciones facilitadas por la Comisión Permanente de Selección, en el que se utilizará el procesador de textos Word 2003 y la hoja de cálculo Excel 2003.
 
Resumiendo un poco estas pruebas no son complicadas de preparar, aunque, como toda oposición, requieren un esfuerzo diario de estudio y dedicación exclusiva.


A todos los que se vayan a preparar esta oposición, os deseamos lo mejor!!!

lunes, 29 de noviembre de 2010

Examen Auxilio Judicial 2010: Más de lo mismo

Después de analizar el examen de Auxilio Judicial celebrado ayer, y aunque en un primer momento parecía que habían roto las estadísticas de otros años en cuanto a reparto de preguntas según las leyes objeto de examen, la realidad es que, si bien es cierto que en ciertas leyes como la LJCA y la LPL se ha producido un incremento notable respecto a otros años, éste no ha sido tan enorme como para romper la rutina.

En la tabla de la derecha podemos ver una comparativa del número de preguntas por Ley del examen de 2009 y de este de 2010.

A primera vista si destaca la bajada en la cifra correspondiente a la LOPJ, que de 28 ha bajado a 16, es decir 12 preguntas menos (-12), si a esto sumamos que las preguntas catalogadas como Otros en 2009, y que correspondían a leyes o textos que, en principio, podrían considerarse marginales como el Plan Concilia, o el RD17/77 sobre Relaciones de Trabajo, sumaron ese año la cantidad de 9, y en este 2010 se ha limitado a 1 (-8), resulta que en total tenemos 20 preguntas que son las que se han repartido por las demás normas de la tabla. Un total de 10 entre la LJCA y la LPL, 5 en la LECr y 4 para la LEC, son las más destacadas.

Observando los porcentajes vemos también que el reparto se parece mucho al de otros años, si bien algunas porciones como la de la LOPJ han quedado un poco disminuidas.

Cabe concluir que este examen ha sido un poco más de lo mismo, si bien nos ha parecido que la dificultad de varias preguntas y lo enrevesado de las mismas, supera con creces el nivel de conocimientos exigible para un funcionario de Auxilio Judicial.

Suponemos que esto ha podido venir provocado  principalmente, por la enorme cantidad de aspirantes presentados, que ha hecho que haya que eliminar a muchas más personas que otros años. También creemos que ha podido influir el modelo de examen de dos partes en un día que se ha llevado a cabo este año por primera vez en Justicia. Al recoger las bases que cada pregunta acertada suma 1 punto, las erróneas restan 0,25, y quien tenga 50 puntos netos supera el primer examen, y accede a la corrección del segundo, el Tribunal ha tenido que poner el nivel en una mayor dificultad de una parte de las preguntas, al no poder jugar como en otros años con el nivel virtual que le permitía subir o bajar el número de preguntas netas acertadas para aprobar.

En cualquier caso lo que si es cierto (y a falta de que se aclare lo que pasará en Sevilla) es que el examen ha sido igual de difícil para todos los aspirantes, así que enhorabuena a los que lo hayan superado, y mucho ánimo para la próxima a los que no hayan tenido suerte.

lunes, 22 de noviembre de 2010

¿Cómo se desarrollará el examen de las oposiciones a Auxilio Judicial?

La convocatoria para el ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial nos ha traído este año una novedad, los ejercicios que hasta ahora se venían desarrollando en dos días no consecutivos, se realizarán este año el mismo día y seguidos.

Hay varios precedentes ya en cuanto a exámenes de este estilo y, teniendo en cuenta la experiencia de años anteriores, creemos que el proceso de examen se desarrollará de la siguiente forma:

- A las 10 horas: Llamamiento. Comienzan a nombrarse y a colocar a todos los opositores cada uno en su aula.

- Alrededor de las 11 horas: Comenzará el primer ejercicio. Duración: 75 minutos (1 hora y cuarto). Tradicionalmente se ha tardado sobre una hora mínimo en realizar todo el proceso de llamamiento, ubicación, protocolo de apertura de las cajas de exámenes, reparto de cuadernillos, resolución de incidencias, adaptaciones, etc...

- Alrededor de las 12,15 horas: Fin de la primera parte. Por experiencias previas en este tipo de exámenes en un día, lo normal es que inmediatamente se repartan los cuadernillos de la segunda parte, y comience la misma. En sí este proceso no debería tardar más de 15  o 20 minutos.

- De 12:30 a 12:45: Comienzo de la segunda parte del examen. Duración: 45 minutos.

- De 13:15 a 13:30: Fin de la segunda parte. A continuación se recogen las hojas de respuestas, se expiden los certificados de asistencia que se necesiten, y se concluye el proceso.

Son estimaciones basadas en los precedentes, pero creemos que pueden acercarse bastante a la realidad. Por tanto desde las 10 horas, que se entrará al aula tenemos sobre 4 horas por delante de examen con todas sus fases y particularidades.

¡¡Mucha suerte a todos y a todas!!

miércoles, 17 de noviembre de 2010

Intervención en los procesos civiles del Ministerio Fiscal

Abordamos hoy un artículo dedicado a la intervención del Ministerio Fiscal en los procedimientos civiles. No son todos, por esto vemos interesante remarcar en cuáles participa.

- En Jurisdicción Voluntaria: LEC 1881, art. 1815.

Se oirá al Ministerio Fiscal cuando la solicitud promovida afecte a los intereses públicos; y cuando se refiera a persona o cosa cuya protección o defensa competan a la Autoridad.

El Fiscal emitirá por escrito su dictamen, a cuyo efecto se le entregará el expediente.

- Los procesos sobre capacidad, filiación, matrimonio y menores. LEC 749

En los procesos sobre incapacitación, en los de nulidad matrimonial y en los de determinación e impugnación de la filiación será siempre parte el Ministerio Fiscal, aunque no haya sido promotor de los mismos ni deba, conforme a la Ley, asumir la defensa de alguna de las partes.

En los demás procesos a que se refiere este apartado será preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal, siempre que alguno de los interesados en el procedimiento sea menor, incapacitado o esté en situación de ausencia legal.

- En reconstrucción de los autos: LEC, art. 232.2

Será competente para tramitar la reconstitución total o parcial de todo tipo de actuaciones judiciales el Secretario de la Oficina judicial en que la desaparición o mutilación hubiere acontecido.

En los procedimientos de reconstrucción de actuaciones será siempre parte el Ministerio Fiscal

- En recursos en interés de la Ley: LEC, art 491

Podrán en todo caso recurrir en interés de la ley el Ministerio Fiscal y el Defensor del Pueblo. 

- En revisión de sentencias firmes: LEC, art. 514.3

Presentada y admitida la demanda de revisión, el Secretario judicial solicitará que se remitan al Tribunal todas las actuaciones del pleito cuya sentencia se impugne, y emplazará a cuantos en él hubieren litigado, o a sus causahabientes, para que dentro del plazo de veinte días contesten a la demanda, sosteniendo lo que convenga a su derecho.

Contestada la demanda de revisión o transcurrido el plazo anterior sin haberlo hecho, se dará a las actuaciones la tramitación establecida para los juicios verbales.

En todo caso, el Ministerio Fiscal deberá informar sobre la revisión antes de que se dicte sentencia sobre si ha o no lugar a la estimación de la demanda.

- Representación y defensa interina de incapaces: LEC, art 8.2

Cuando la persona física no se hallen en el pleno ejercicio de sus derechos civiles y no hubiere persona que legalmente la represente o asista para comparecer en juicio, el tribunal le nombrará, mediante providencia, un defensor judicial, que asumirá su representación y defensa hasta que se designe a aquella persona.

En los casos que haya de nombrarse un defensor judicial al demandado, el Ministerio Fiscal asumirá la representación y defensa de éste hasta que se produzca el nombramiento de aquel.

jueves, 11 de noviembre de 2010

Mapas procesales


Los que se preparen por primera vez una oposición a la administración de justicia, suelen perderse con facilidad entre la maraña de leyes y procedimientos que pueden inciarse ante nuestros juzgados y tribunales.

Es típica la realización de esquemas que resuman de la mejor forma posible las etapas o fases de cada procedimiento, con el fin de ofrecer una visión general los mismos. Nosotros hemos creado los mapas procesales, ya que más allá de la simple visualización global del proceso, queremos diseñar un esquema que comprenda los diferentes recorridos que podemos llevar a cabo en cada procedimiento, de forma que se pueda leer el mismo como un auténtico mapa.

Uno de los objetivos básicos es poder seguir cada camino, entendiendo y comprendiendo dónde nos lleva, de forma independiente y que no se mezcle con los demás itinerarios, que podremos seguir posteriormente, en sucesivos recorridos.

Para los profanos en la materia, estos mapas pueden ofrecer una primera panorámica del proceso, que vendrá bien antes de comenzar el estudio en profundidad de cada proceso.

Para los iniciados puede servir de guión de repaso del procedimiento en cuestión, al revisar los hitos más importantes del mismo.

En cualquier caso creemos que son de utilidad para los opositores que preparan las pruebas de Auxilio Judicial, Tramitación Procesal o Gestión Procesal.

Además los podéis descargar de manera gratuita en la dirección:


Se distribuyen bajo licencia Creative Commons, por lo que podéis copiarlos, enviarlos, imprimirlos, etc. de forma legal. Si los vais a usar en páginas web, clases o publicaciones, el requisito es reconocer la autoría de los mismos a Academia Directa. No se puede comerciar con estos mapas procesales, al ser de libre distribución.

viernes, 8 de octubre de 2010

Cálculo del grado de cosanguinidad/afinidad

A más de uno le trae de cabeza el cálculo del grado de cosanguinidad o afinidad de un pariente dado, grado que es necesario para determinar, por ejemplo, días de licencia para los funcionarios, la posibilidad de recusar o invalidar la participación de alguien en un proceso judicial o incluso excusar a dicha persona de la obligatoriedad de declarar contra un acusado.



Estos conceptos de encuentran regulados en el Código Civil, en sus artículos 915 y siguientes. Hemos esquematizado el proceso de cálculo de lo anteriormente mencionado en este gráfico. Esperamos que os sea de utilidad.



miércoles, 6 de octubre de 2010

Cómo estudiar leyes (para oposiciones)

Estudiar un ley para una persona que no haya tenido contacto previamente con el mundo legal puede ser una tarea muy dura. Los tecnicismos legales, la terminología arcaica de algunas leyes decimonónicas todavía vigentes, pueden provocar que a primera vista no seamos capaces jamás de entender y preparar una oposición. Vamos a daros algunos consejos para que el estudio de las disposiciones legales que son materia de examen sea más provechoso.

COMPRENSIÓN LECTORA

Esto parece obvio, si no entendemos lo que estudiamos se nos hará mil veces más difícil aprenderlo. Por qué entonces muchos opositores insisten en memorizar leyes sin comprender perfectamente muchas partes de las mismas. Está claro que tendremos que memorizar y recordar muchas cosas de cara al examen, pero esta tarea será infinitamente más fácil y viable cuanto mejor entendamos lo que estudiamos.

Para esta misión nuestro principal aliado será el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, y tampoco está de más tener un glosario de términos jurídicos a mano.

Parece básico pero la mayoría de las palabras que vamos a encontrar en muchas leyes, y que son propias de la jerga legal, viene recogidas en el diccionario bajo el prefijo Der. (relativo al derecho). Por ejemplo: si buscamos la palabra providencia, además de su primera acepción (Disposición anticipada o prevención que mira o conduce al logro de un fin), podemos encotrar la siguiente:

Der. Resolución judicial que tiene por objeto la ordenación material del proceso.

De esta forma cuando leamos en algún artículo tal trámite se despachará por providencia, al menos conoceremos su significado. Hay que tener el diccionario siempre a mano impreso o por internet, y no caer en la pereza y dejar de buscar y aprender todo, al principio lo usaremos mucho pero conforme avancemos en la materia su utilización decrecerá enormemente.

APRENDIZAJE POR DESCUBRIMIENTO

Cuantas veces hemos descubierto algo que desconocíamos a través de nuestra propia curiosidad, que nos ha movido a investigar sobre ese tema concreto. Lo que así hemos adquirido se nos queda grabado en nuestro conocimiento con mucha más facilidad que la producida por la repetición recurrente de ese mismo concepto o tema hasta que lo aprendemos. Es muy útil a la hora de prepararse buscar el lado práctico del temario que estudiamos, esto se facilita con las llamadas e-actividades como las que diseñamos en nuestros cursos. 

Un ejemplo:
Imaginemos que estamos estudiando el Título II (De la corona) de nuestra Constitución, en concreto:

1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.

Podemos optar por leer y leer esto, esquematizarlo y subrayarlo o realizar la e-actividad de investigación que proponemos y que hemos extraido de nuestro curso de Tramitación Procesal, a través de la cual se estudian tanto lo anteriomente mencionado como la Reforma Constitucional:

Con el nacimiento de la primera hija del Príncipe de Asturias se suscitó la cuestión de la posibilidad de que el segundo hijo o posteriores de éste pudieran ser varones, adelantando en el orden de sucesión a la Infanta Leonor.

En relación a este tema, investigad y leed la Constitución, y contestad a las siguientes preguntas:
¿En qué Título y artículos de la Constitución se regula la precedencia del varón sobre la mujer en la sucesión a la Corona?

Al ser necesaria una reforma Constitucional, ¿qué procedimiento debería seguirse para sacar adelante dicha reforma, y que la Infanta Leonor fuera la primera en la línea de sucesión, independientemente del sexo de sus hermanos?

Con esto conseguimos propiciar un interés en el estudio basado en una realidad social que a todos nos es conocida y cercana. Al tener curiosidad por leer y averiguar lo propuesto, leeremos el artículo anterior de forma diferente, ya que ahora queremos leerlo y aprender lo que en el mismo se dice. El aprendizaje así realizado quedará en nuestra memoria almacenado de forma más fuerte y durarera al asociar el texto legal al caso práctico y familiar planteado.

Esto son sólo dos aspectos muy básicos para obtener más rendimiento en el estudio. Seguiremos publicando artículos sobre otros aspectos similares más adelante.